 
        Creaciones IA en México: Dominio Público por Decisión de SCJN
En México, ninguna obra hecha con inteligencia artificial (IA) puede tener derechos de autor. Según la Suprema Corte de Justicia de la Nación, todo lo generado por IA es de dominio público. Este fallo surgió cuando se intentó registrar un avatar creado con IA.
Solo personas físicas pueden ser consideradas autoras, por lo que el trabajo de IA debe ser difundido gratuitamente.
El caso inició con Gerald García Báez, director de una empresa legal que usa IA. Intentó registrar un avatar en el Instituto Nacional del Derecho de Autor, pero fue rechazado porque el contenido fue generado artificialmente.
García Báez acudió al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, pero confirmaron la resolución de Indautor. Luego, presentó un amparo que la Suprema Corte atrajo por ser un tema de trascendencia en derechos de autor.
La Suprema Corte decidió que las obras producidas por IA no pueden tener derechos de autor, pues solo personas pueden ser autores. Las obras de IA son dominio público al basarse en datos ya existentes y no ser creaciones originales.
Se puntualizó que los productos de IA no pueden ser registrados ya que son una “extensión de la creatividad humana”. Aunque el software para crear IA sí puede ser registrado, las creaciones con IA se quedan en dominio público.
No se puede cobrar por el resultado de un IA, aunque el uso de sistemas más avanzados sí. No se especifica cuánto de la intervención humana en una obra asistiría a la IA para que la obra pudiera ser registrada.
Este contenido fue realizado con inteligencia artificial y la fuente original es “Xataka México”.
 
                                    