Fallo histórico por la muerte de un niño en El Hato
Después de cinco años de juicio, un juzgado en Zipaquirá decidió que la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) debe pagar una indemnización a la familia de Juan Sebastián Bejarano Alonso, un niño de 10 años que murió ahogado en el Parque Embalse El Hato, ubicado en Carmen de Carupa, el 18 de octubre de 2020.
El juez encontró que la CAR era responsable porque no había tomado medidas suficientes para garantizar la seguridad en el parque. Faltaban elementos importantes como salvavidas, personal capacitado para emergencias y señales que advirtieran sobre el riesgo de meterse al agua.
Estas fallas fueron consideradas graves, ya que el parque es un lugar recreativo que debe contar con condiciones seguras para sus visitantes.
El abogado Saúl León, quien llevó el caso, señaló que esta decisión marca un importante precedente, ya que recuerda a las entidades públicas que deben cuidar la seguridad de las personas en espacios turísticos.
Además, el fallo reconoce el gran dolor que la muerte del niño causó a su familia, y por eso ordena una compensación económica para su madre, su abuela y dos de sus tíos, quienes demostraron el fuerte lazo que tenían con el menor.
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